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Impuestos que debe pagar el autónomo el primer año de negocio y sus deducciones

Impuestos que debe pagar el autónomo el primer año de negocio y sus deducciones

Cuando un autónomo piensa en la constitución de empresa en Mallorca, no sólo debe pensar en la forma jurídica que desea. También tiene que hacerlo en materia fiscal. Tras las últimas novedades en la ley de emprendedores, el Impuesto de Sociedades es el que afecta con mayor profundidad a las compañías.

El autónomo y la empresa: la fiscalidad en Mallorca

Con las novedades que afectaron a las nuevas empresas en el año 2015, la reforma aprobada incluye un tipo impositivo del 25 % para todas las sociedades. Las organizaciones de nueva creación deben aplicar un 15 % a la base imponible y a la siguiente. No obstante, existen excepciones en los tipos únicos, que son:

- Entidades sin un fin lucrativo, tributando al 10 %.

- Sicavs o inversión inmobiliaria, tributando al 1 %.

- Fondos de pensiones con el 0 %, así como Socimis.

- Entidades de crédito con el 30 %.

- Entidades en la Zona Especial Canaria con el 4 %.

No obstante, el impuesto de sociedades por parte del emprendedor se produce cuando existan beneficios. Si no existe, este impuesto no se debe aplicar.

Deducciones a aplicar en la empresa con el Impuesto sobre Sociedades

Por lo general, las empresas pueden acogerse a diferentes deducciones de los impuestos. Las principales desgravaciones serían:

- Reserva de capitalización, recortando el 10 % del importe en fondos propios.

- Reserva de nivelación de las bases imponibles, reduciendo esta base en un 10 %.

- Tratamiento de doble imposición.

- Eliminación de bases imponibles negativas.

- Reducción del porcentaje de la retención a cuenta al 19 %.

- Limitación de los gastos por clientes y proveedores.

Impuesto del IAE y el IVA para el autónomo en nueva empresa

El emprendedor que haya creado su sociedad y tribute por Sociedades, debe hacer frente a las obligaciones fiscales. Entre ellos, el IAE, el Impuesto de Actividades Económicas, que grava el ejercicio de ocupaciones laborales. Aunque están exentos de este impuesto los sujetos que inician la actividad en España durante los dos períodos impositivos, según marca la ley. Si, además, no alcanzas la cifra de negocio de un millón de euros, no hace falta declarar y pagar este impuesto.

En cuanto al IVA, no debemos olvidar que es un impuesto que grava el valor de un servicio o producto, recayendo de forma directa sobre los consumidores finales y aplicando estas maniobras:

- Entrega de bienes y prestación de servicios.

- Compra intracomunitaria de bienes o servicios.

- Importación de los anteriores.

Exentos del abono del Impuesto del Valor Añadido estarían:

Publicado el 27/06/2018 14:00